INCLUSIÓN AL PAGO DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO DE LOS JUEGOS DE CASINO Y TRAGAMONEDAS Comentarios al Decreto Legislativo N° 1419, diposición que modifica la ley del IGV e ISC OBJETIVO SEGÚN EL DECRETO LEGISLATIVO EN MENCIÓN, ESTE BUSCA INCORPORAR DENTRO DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL ISC A LOS JUEGOS DE CASINO Y A LAS MÁQUINAS TRAGAMONEDAS, POR LOS EFECTOS NEGATIVOS QUE GENERA LA INDUSTRIA DEL JUEGO. I NCLUSIÓN DE LOS JUEGOS DE CASINO Y TRAGAMONEDAS AL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO El Decreto Legislativo N° 1419 ha incluído a los juegos de casino y máquinas tragamonedas dentro del ámbito de aplicación del ISC, además de los ya conocidos juegos de azar y apuestas, loterías, bingos, rifas, sorteos y eventos hípicos. SISTEMA DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO: ESPECÍFICO El aspecto objetivo del ISC será sobre - en el caso de loterías, bingos, rifas, sorteos y eventos hípicos – el ingreso total percibido en un mes por los juegos y apuestas, y el total de premios concedidos en d...
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Modifica la ley del impuesto general a las ventas e impuesto selectivo al consumo, el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias y la Ley que crea el impuesto a la venta de arroz pilado - D.L. N° 940 y Ley N° 28211 DECRETO 1395 LEGISLATIVO Este dispositivo legal, busca, como señala en su artículo 1°, cubrir vacíos legales o asegurar aquella falta de claridad en la ley . Así también, el desarrollo del mismo hace las siguientes precisiones para el caso del Impuesto General a las Ventas : 1. Aclaración de las sucursales como sujetos del impuesto general a las ventas. 2. Sólo se podrá utilizar como crédito fiscal las adquisiciones que tengan destino de operaciones gravados y de exportación. Se requiere adicionalmente un registro separado de las adquisiciones destinadas o no a ser gravadas con el IGV. En el supuesto de no poder identificar el destino, s...
OPERACIONES DE CRÉDITO CON COMPAÑÍAS NO DOMICILIADAS
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UNA REVISIÓN A LA RENTA DE FUENTE PERUANA E INTERESES CON PARTES VINCULADAS NO DOMICILIADAS Como ya es sabido, el ejecutivo en un intento de mejorar los niveles de recaudación viene trabajando en la aplicación de ciertas medidas de carácter tributario, y nada parece detener la intención pues ya cuentan con la venia del parlamento peruano para la delegación de facultades, que es un requisito constitucional recogido en el artículo 74° de la Carta Magna Peruana. Dentro de esta solicitud de delegación de facultades, mucho se ha comentado respecto de la re-activación de la Norma XVI del Código Tributario, suspendida en el 2014. Muchos son los argumentos que hoy se esbozan para mantener la suspensión, como el no tener claros los procedimientos a seguir en una recalificación de operaciones, un posible escenario de incertidumbre jurídica tributaria, entre otros, situación que a título personal, debe ser manejado con pinzas. Sin ir tan lejos, en noviembre del 2016 el Servicio de Impuestos ...