EL AUMENTO DE LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA, ¿A QUÉ OTROS TRIBUTOS AFECTAN? Una mirada a la tributación local

EL AUMENTO DE LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA, ¿A QUÉ OTROS TRIBUTOS AFECTAN?

Una mirada a los impuestos de recaudación local – Parte I

 

Como es sabido, mediante Decreto Supremo N° 309-2022-EF publicado el 23 de diciembre del año 2022, el ejecutivo teniendo en cuenta los efectos inflacionarios que se ven reflejados en la información macroeconómica, decidió conveniente aumentar el valor de la UIT[1] para el año 2023 a S/4,950, es decir, unos S/350 adicionales a los que estaban vigente.

Este aumento impacta en muchos aspectos, desde la forma en cómo se establecen obligaciones formales en materia tributaria como el llevado de libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios, o el cumplimiento de la presentación de algunas declaraciones juradas informativas a la SUNAT, o la obligación de afectarse a algún régimen tributario y/o laboral, determinar sanciones, entre otros.

Como se puede notar, la UIT es un valor de referencia que ayuda en la determinación de distintas obligaciones o ubica el nivel de sanción en materia tributaria central (SUNAT), sino también que va más allá, siendo este valor el usado por otras entidades fiscalizadoras, y también Administraciones Tributarias locales que también administran tributos como lo son las municipalidades.

¿Pero qué tributos son administrados por las municipalidades? En sencillo, de los muchos tributos administrados, hoy trataremos a los principales impuestos que son administrados por ellos: el impuesto predial, el impuesto de alcabala y el impuesto al patrimonio vehicular.

EL IMPUESTO PREDIAL

El impuesto predial, como señala el artículo 8° de la Ley de Tributación Municipal es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos.

¿A quiénes les afecta este impuesto?

En sencillo, a quienes son propietarios de los bienes, sean estos personas naturales o personas jurídicas.

¿Hay personas que no siendo titulares de un inmueble igual se ven afectas con el impuesto predial?

Efectivamente, en aquellos negocios que sean titulares de concesión vinculado a la realización de una actividad de infraestructura y de servicios públicos.

¿Cada cuando se debe verificar el sujeto obligado del tributo?

Como señala el artículo 10° de la ley, si hay alguna transferencia el adquiriente recién asumirá la obligación de ser responsable de la deuda a partir del 1° de enero del siguiente año de producida la transferencia de propiedad.

¿Cómo impacta?

Dependerá del valor de la base imponible o autoevalúo. Este impacto dependerá del valor del inmueble. Así tenemos que si el inmueble en evaluación se encuentra dentro de dicho rango deberá tributar con una tasa de impuestos distinta.

 Así tenemos este cuadro:

Impuesto Predial

Año

Tasa (%) Progresiva

2022

2023

Diferencia

Detalle

UIT

Tasa (%)

UIT 2023

Tasa (%)

0-15UIT

0.20%

69,000.00

S/    138.00

74,250.00

S/    148.50

S/       10.50

15-60UIT

0.60%

207,000.00

S/ 1,242.00

222,750.00

S/ 1,336.50

S/       94.50

60UIT A +

1.00%

276,000.00

276,000.00

S/            -

S/ 1,380.00

S/ 1,485.00

S/      105.00

 

Por ejemplo, si hay un inmueble con un valor de S/222,750 al 2023 este se encontrará dentro de la escala 2. Una vez ubicado allí notar la tasa de impuesto aplicable, siendo para el presente caso una tasa de 0.60% del valor del inmueble, es decir, un total de S/1,336.50.

 

¿Qué pasa si se evalúa el impuesto predial en base al 2022? ¿tendría la misma determinación de impuesto?

En ese sentido, evaluar el impuesto predial en el 2022, involucra tomar como referencia la UIT del 2022 y no la del 2023, la misma que será de S/4,600.

Teniendo en cuenta lo informado previamente, corresponde aplicar la UIT correcta al año en evaluación. Así la UIT utilizada para el 2022 será la ascendente a S/4,600, monto que servirá para reducir el valor de de referencia para la aplicación de la tasa. Así un inmueble hasta de S/276,000 se le aplicará la tasa del 0.6%; pero ahora con la subida de la UIT 2023, notemos que el valor del inmueble que podemos tener será de hasta S/297,000, es decir, S/15,750 más de valor del terreno.

El hecho de tener un inmueble con mayor o menor autoevalúo, involucrará un mayor o menor pago de impuesto predial. En el ejemplo, tener un mayor valor de inmueble involucró pagar más impuesto, pero a la vez, tener un mayor valor de inmueble.


[1] Conforme a la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario, la UIT es la Unidad Impositiva Tributaria que es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias para determinar bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos de los tributos que considere conveniente el legislador.

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